TEXTO DE LA PROPOSICIÓN 218 CON EL ANÁLISIS

Derecho de voto sobre Ley Tributaria

Declaración de intenciones de los redactores

Howard Jarvis Asociación de Contribuyentes, enero de 1997

SECCIÓN 1. TÍTULO. Esta Ley se conocerá y podrá ser citado como el “derecho de voto sobre Ley Tributaria”.

Comentario: El título refleja el tema unificador – hay tres elementos principales de la iniciativa y cada uno se relaciona con los votantes y control de los contribuyentes a través de los impuestos locales. La primera parte de la iniciativa se refiere a los impuestos generales y especiales; las segunda sección trata de la reforma de la evaluación, y la tercera y última sección se ocupa de los derechos y cargas relacionados con la propiedad .

SECCIÓN 2. CONCLUSIONES Y DECLARACIONES. El pueblo del Estado de California determina y declara que la Proposición 13 fue pensado para proporcionar un alivio fiscal efectiva y requerir aprobación de los votantes de la subida de impuestos. Sin embargo, los gobiernos locales se han sometido a los contribuyentes a excesivos aumentos de impuestos, de evaluación, comisiones y cargos que no sólo frustran los fines de aprobación de los votantes para el aumento de los impuestos, sino que también ponen en peligro la seguridad económica de todos los californianos y la economía de California. Esta medida protege a los contribuyentes mediante la limitación de los métodos por los cuales los gobiernos locales exactos ingresos de los contribuyentes sin su consentimiento.

Comentario: Los resultados se refieren específicamente a la Proposición 13. Si los gobiernos locales y los tribunales no habían eludido la Proposición 13, la Proposición 218 no habría sido necesario.

SECCIÓN 3. APROBACIÓN DE LOS VOTANTES DE COTIZACIONES DE IMPUESTOS LOCALES. Artículo XIIIC de la Constitución de California se agrega a la Constitución de California para que rece:

Comentario: Esta sección establece disposiciones similares a las encontradas en la Proposición 62, Código de Gobierno Sección 53720, et seq. Aunque la Proposición 62 fue confirmada por la Corte Suprema de California en el condado de la Autoridad de Transporte Local de Santa Clara v Guardino (Howard Jarvis de Contribuyentes Asociación, et al., Partes reales de interés) (1995) 11 220 Cal.4th, esa iniciativa fue una iniciativa estatutaria y ciudades autónomas, en su mayor parte, se han negado a seguir sus mandatos. Por otra parte, no se discute que la Proposición 218 se aplica a las ciudades autónomas.

artículo XIIIC

SEC . 1 . Definiciones.

Tal como se utiliza en este artículo:

( a) “impuesto general” significa cualquier contribución impuesta para fines gubernamentales generales.

( b ) “Gobierno local” significa cualquier condado, ciudad, ciudad y condado, que incluye una ciudad de la carta o del condado, un distrito especial, o cualquier otra entidad gubernamental local o regional.

( c ) “Distrito Especial” significa un organismo del Estado, constituido en virtud de ley general o un acto especial, para el desempeño local de las funciones gubernamentales o de propiedad con límites geográficos limitados, incluyendo, pero no limitado a, los distritos escolares y agencias de reurbanización.

Comentario: El término ” gobierno local ” y ” distrito especial ” se definen en términos generales con el fin de abarcar todas las entidades gubernamentales que no sean el propio Estado. Estas definiciones son más amplios que los establecidos en la Propuesta 62.

( d ) “impuesto especial” se entiende cualquier contribución impuesta con fines específicos, incluyendo un impuesto con fines específicos, que se coloca en un fondo general.

Comentario: El objetivo de esta definición es exigir un análisis que mira hacia el objeto de la financiación, no el nombre de la cuenta. Véase, por ejemplo, Rider v San Diego ( 1991 ) 1 Cal.4th 1. Esta disposición tiene por objeto evitar que los gobiernos locales de recaudación de impuestos especiales sin el voto de dos tercios simplemente blanquear el producto a través de un fondo general. En este sentido, la definición revisada invierte Neecke contra la Ciudad de Mill Valley ( 1995 ) 39 Cal.App.4th 946. También prohibiría los esquemas que pretenden autorizar un impuesto “general” con una mayoría simple de votos, mientras que, al mismo tiempo, proponer un compañero ” consultiva” voto sobre cómo se debe gastar el dinero. Estos impuestos conserven sus características “especiales ” bajo la Proposición 218.

SEC . 2 . Gobierno Local la Limitación de Impuestos.

No obstante cualquier otra disposición de esta Constitución:

( a) Todos los impuestos establecidos por cualquier gobierno local se consideran o bien impuestos generales o impuestos especiales. Distritos de propósito especial o agencias, incluyendo los distritos escolares, no tendrán poder para recaudar impuestos generales.

Comentario: Esta disposición es similar a la lengua de la Corte Suprema en el jinete contra la decisión de San Diego reconociendo que los distritos especiales, por su especial naturaleza, no tienen poder para recaudar impuestos generales.

( b ) Ningún gobierno local puede imponer, extender o aumentar cualquier impuesto general a menos que y hasta que el impuesto se presenta al electorado y aprobado por mayoría de votos. No se considerará que un impuesto general que se ha incrementado si se impone a una tasa no superior a la tasa máxima por lo aprobado. La elección requerida por esta subdivisión se consolida con una elección general programada para los miembros del órgano de gobierno de la administración local, salvo en casos de emergencia declarada por el voto unánime del consejo de administración.

Comentario: Bajo la Proposición 218, una medida fiscal poner a los votantes podría incorporar los aumentos futuros y, si se aprueba la propuesta electoral, entonces la agencia no tendría que solicitar una autorización adicional de los votantes de esos aumentos. Además, salvo en casos de emergencia, las elecciones de impuestos de medición deben ser consolidados con elecciones periódicas en las que se eligen los miembros de los órganos rectores. Se requiere un voto unánime para declarar una emergencia, pero, de acuerdo con la jurisprudencia existente, esto debe ser interpretado como un voto unánime de los presentes en la reunión. La preocupación es que la naturaleza de la emergencia podría mantener algunos miembros del cuerpo legislativo local de asistir a una reunión.

( c ) Cualquier impuesto general impuesta, amplió o se incrementa, sin aprobación de los votantes, por cualquier gobierno local a partir del 1 de enero de 1995 y antes de la fecha de vigencia de este artículo, deberá continuar aplicándose a tales sólo si es aprobada por una mayoría de votos de los votantes que votan en una elección en la cuestión de la imposición, que la elección se llevará a cabo dentro de los dos años de la fecha de efectividad de este artículo y de conformidad con la subdivisión ( b).

Comentario: Esta disposición de la Proposición 218 se aplica a cualquier impuesto que grava del fondo general a partir de 1994. Esos impuestos impuestas, ampliar o aumentar sin aprobación de los votantes en o después de enero 1 de 1995, que no han recibido la aprobación de los votantes mayoría deben ser aprobados por una mayoría simple de votos de los electores antes del 6 de noviembre de 1998. La razón por la que los redactores designados una fecha de vigencia 1 de enero de 1995 fue para evitar una “fiebre” de los nuevos impuestos establecidos con anterioridad a noviembre de 1996 destinadas a evitar la aprobación de los votantes.

La designación del 1 de enero, la fecha de 1995 no, de ninguna manera, afectar a cualquier posible reclamación contra una entidad del gobierno local para violaciónes de la Proposición 62. Impuestos impuestas con anterioridad a esa fecha sin aprobación de los votantes todavía pueden ser objeto de impugnación en virtud de dicha iniciativa, así como la reciente decisión Guardino.

( d ) Ningún gobierno local puede imponer, extender o aumentar cualquier impuesto especial a menos que y hasta que el impuesto se presenta al electorado y aprobada por el voto de dos tercios. No se considerará que un impuesto especial que se ha incrementado si se impone a una tasa no superior a la tasa máxima por lo aprobado.

Comentario: En este apartado se establece que cualquier impuesto que grava con un propósito específico debe obtener el voto de dos tercios del electorado. Estos impuestos incluyen impone ningún impuesto para uno o varios fines específicos, incluyendo, pero no limitado a, impuestos a las ventas o impuestos a las parcelas locales designados para propósitos específicos.

SEC . 3 . Iniciativa de Energía para los impuestos locales, las evaluaciones, los derechos y cargas.

No obstante cualquier otra disposición de esta Constitución, incluyendo, pero no limitado a las secciones 8 y 9 del artículo II, el poder de iniciativa no estará prohibido o limitado de otra manera en materia de reducción o derogación de cualquier impuesto local, la evaluación, tasa o derecho. El poder de iniciativa para afectar a los impuestos locales, las evaluaciones, las tasas y los cargos será de aplicación a todos los gobiernos locales y no el poder legislativo ni ninguna carta del gobierno local deberán imponer un requisito de la firma más alto que el que se aplique a todo el estado las iniciativas legales.

Comentario: Esta sección sólo ” constitutionalizes ” principios de Rossi v Brown, ( 1995 ) 9 Cal.4th 688, una decisión reciente de la Corte Suprema de California la defensa del derecho de los electores a utilizar el poder de la iniciativa local para reducir o eliminar el gobierno impuesto gravámenes a través del poder de iniciativa.

A se ha expresado preocupación con respecto al impacto de esta disposición sobre los bonos existentes y futuras. Los redactores creen que estas preocupaciones no están bien fundadas. En primer lugar, con respecto a los bonos existentes, la cláusula de deterioro de la Constitución federal ( EE.UU. Const . , Art. I , sec. 10 ( 1 ) ) evitaría un flujo de ingresos protegidos en virtud del mismo se ponga en peligro por un uso inadecuado del poder iniciativa. A pesar de la clara aplicación de la ley federal, sin embargo, los detractores de la Proposición 218 sostuvieron, durante la campaña, que no existe una exclusión expresa de los bonos existentes en virtud de la presente disposición. Debido a que una parte del derecho de voto sobre Ley Tributaria, se trata de la reforma de participación fijada en la propuesta de artículo XIIID tiene dicha exención, la implicación es que la falta de uno en la Sección 3 fue intencional . Hay dos respuestas a este argumento. En primer lugar, en todo caso, la protección de las evaluaciones existentes que se utilizan para pagar la deuda en bonos refleja una política de protección de esos instrumentos. En segundo lugar, la razón de que no fue una excepción expresa en las disposiciones de evaluación es que esas disposiciones se ocupan de la aplicación retroactiva de la iniciativa. Debido a eso, se hizo a los detalles cuidadosamente esas exenciones un esfuerzo especial.

En cualquier caso, está claro que la cláusula de deterioro sería evitar que se extienda el poder iniciativa para poner en peligro una fuente de ingresos dedicada utilizados para pagar deuda de bonos existentes. De hecho, el Tesorero del Estado de California llamado opositores de la Proposición 218 “irresponsable” por su esfuerzo no pudo hacer la solvencia crediticia de los bonos de una emisión existentes durante la campaña.

La Proposición 218 no se expande en gran medida el poder de iniciativa. Este poder históricamente estaba destinado a aplicarse a la derogación de los impuestos. Véase, Rossi v Brown, supra en 699-705. No fue hasta la línea de Meyers de los casos que este incluso se convirtió en un problema. Pero la Corte Suprema de Rossi repudió expresamente Meyers y su progenie ( Rossi en 705-711 ) y el objetivo de los defensores ha sido simplemente para colocar este repudio de la Constitución de California.

La siguiente cuestión es si el artículo 3 tiene un impacto en los bonos futuros. Por un número de razones, cualquier impacto perjudicial es totalmente especulativa. En primer lugar, como se señaló anteriormente, el poder de iniciativa podría no ser utilizado para menoscabar los bonos que ya se venden ( incluso si se venden después de la Proposición 218 se haga efectiva ). La preocupación de que la nueva disposición pondrá los tenedores de bonos posibles ” sobre aviso ” de que el flujo de ingresos podría ser eliminado, no tiene fundamento. Las preocupaciones expresadas, en definitiva, no tienen en cuenta el hecho de que el poder de la iniciativa popular es co -extensiva poder con el del cuerpo legislativo. Véase, por ejemplo, Carlson v Cory (1983) 139 724 Cal.App.3d y DeVita contra el Condado de Napa ( 1995 ) 9 Cal.4th 763. Si el cuerpo legislativo podría ordenó perjudiquen los derechos contractuales, que así pudo el pueblo.

Lo anterior no deja los contribuyentes sin remedio, sin embargo. Si los contribuyentes desean impedir o limitar la tasa futura o la subida de impuestos a través de una iniciativa, podrían hacerlo antes de cualquier compromiso válido y legalmente vinculante que realiza el órgano legislativo con respecto a un flujo de ingresos en particular. Por ejemplo, el escenario de uno donde nuestra iniciativa de hecho, podría tener un impacto es cuando los bonos están autorizados, pero no se vende. Es de suponer que, en ese punto, el órgano legislativo podría decidir no vender los bonos y no ” deterioro ” estarían en cuestión. Si esto es cierto, entonces no hay ninguna razón política por qué la gente, usando el poder iniciativa, podrían no ser capaces de impactar en la venta de los bonos de una manera similar. Cabe señalar, sin embargo, que, dado que Rossi se decidió hace más de un año, los redactores son conscientes de ningún caso en el que el poder iniciativa fue incluso amenazó a ser utilizado para detener la venta de bonos no vendidos.

SECCIÓN 4 . EVALUACIÓN Y PROPIEDAD REFORMA comisión ligada .

Comentario: Este es el tercer elemento importante de la Proposición 218 que proporciona importantes reformas en el ámbito de las evaluaciones, tasas y cargos.

Artículo XIIID se agrega a la Constitución de California para que rece:

ARTÍCULO XIIID

SEC . 1 . Aplicación.

No obstante cualquier otra disposición de la ley, las disposiciones del presente artículo se aplicarán a todas las evaluaciones, tasas y cargos, ya sean impuestas de conformidad con el estatuto del estado o autoridad charter gobierno local. Nada en el presente artículo o en el artículo XIIIC se interpretará en:

( a) Proporcionar toda la nueva autoridad a cualquier agencia de imponer un impuesto, evaluación, tasa o derecho.

( b ) Afectar las leyes vigentes relativas a la imposición de tasas o gastos, como condición de la promoción inmobiliaria.

Comentario: El objetivo de esta disposición es dejar las leyes existentes no afectados en relación con la imposición de tasas de urbanización. Aunque ha habido abusos en este ámbito por los gobiernos locales ( que resulta en un aumento sustancial de los gastos de vivienda ), el foco de la Proposición 218 es en esos gravámenes impuestos por el simple hecho de la propiedad. Honorarios Desarrollador, por el contrario, se imponen como un incidente del acto voluntario de desarrollo. La Proposición 218 no debe obstaculizar de forma significativa la capacidad de los desarrolladores para emplear ” financiación garantizada la tierra ” como un medio para financiar la infraestructura. Si bien las evaluaciones sobre los desarrolladores deben ser tratados como cualquier otra evaluación, debe tenerse en cuenta que los impuestos de Mello- Roos (impuestos especiales como consistentes con las provisiones de la Proposición 13 ) seguirán estando disponibles para los desarrolladores.

Un impacto significativo de la Proposición 218 en los desarrolladores es que un impuesto sobre el desarrollo estaría sujeto a la aprobación del votante al igual que cualquier otro impuesto. Por ejemplo, en Centex Real Estate Corp. contra la Ciudad de Vallejo ( 1993 ) 19 Cal.App.3d 1358, el tribunal confirmó la legalidad de un llamado ” impuesto especial ” en el desarrollo percibido por un ciudad de la carta fuera de las restricciones que la ley estatal impone a la imposición de tasas de urbanización . Debido a que tales gravámenes sean concedidas a ser impuestos ( recaudados con el único fin de aumentar los ingresos ), que caerían dentro del ámbito del requisito de aprobación de los votantes de la Proposición 218. ( Estos impuestos también violan la Proposición 62. Sin embargo, la Proposición 218 no presenta el problema aún no resuelto con respecto a si los requisitos de aprobación de los votantes de la Proposición 62 son exigibles frente charter cities ).

( c ) Afectar leyes vigentes relativas a la imposición de impuestos sobre los rendimientos de la madera.

Comentario: Estos impuestos se contemplan ya en la Constitución de California y por la legislación. La intención de la Proposición 218 fue dejar toda esta área del derecho afectado.

SEC . 2 . Definiciones.

Tal como se utiliza en este artículo:

( a) “Agencia” significa cualquier gobierno local tal como se define en la subdivisión ( b ) de la Sección 1 del Artículo XIIIC .

( b ) “Evaluación”, cualquier gravamen o carga sobre bienes inmuebles por parte de una agencia para un beneficio especial que le confiere la propiedad real. “Evaluación ” incluye, pero no está limitado a, la “evaluación especial”, “evaluación del beneficio”
“evaluación de mantenimiento” y “impuesto especial de evaluación”.

( c ) ” Costo de capital ” se refiere al coste de adquisición, instalación, construcción, reconstrucción o reemplazo de una mejora pública permanente por una agencia.

( d ) “Distrito” se entiende una zona determinada por una agencia para que contenga todas las parcelas que van a recibir un beneficio especial a partir de una mejora pública o servicio propuesto relacionada con la propiedad.

( e) “Comisión ” o “carga “, cualquier gravamen que no sea un impuesto ad valorem, un impuesto especial o una evaluación, impuesta por un organismo en un paquete o sobre una persona como un incidente de la propiedad, incluyendo los honorarios de usuario o cargos para un servicio de bienes relacionados.

Comentario: Incluido en las tasas y los cargos cubiertos son los gravámenes para los servicios relacionados con la propiedad. Tales servicios deben interpretarse ampliamente para incluir gravámenes impuestos por los servicios o actividades de regulación que tienen un nexo con el uso beneficioso de la propiedad, incluyendo los honorarios de control de alquileres. “Comisiones”, para efectos de este artículo, se limitan a los gravámenes impuestos como un incidente de la propiedad o los honorarios por servicios relacionados con la propiedad. Honorarios del DMV, cargos estatales, multas y honorarios de recreación, tales como tasas de entrada del parque, no se ven afectados. Sin embargo, los honorarios de alcantarillado, agua y recogida de basuras, debido a su conexión con la propiedad, están incluidos.

( f ) “Mantenimiento y gastos de operación” significa el costo del alquiler, reparación, sustitución, rehabilitación, combustible, energía, corriente eléctrica, el cuidado y el control necesarios para funcionar correctamente y mantener una mejora pública permanente.

( g ) “propiedad bienes” se considerará que incluye contratos de arrendamiento de bienes inmuebles que los inquilinos sean directamente responsables de pagar la cuota, cuota o cargo en cuestión .

Comentario: En virtud de esta definición, si un inquilino de un inmueble es directamente responsable del pago de una evaluación, que el inquilino tendría derecho a protestar y voto. Esto dependerá de los términos del contrato de arrendamiento.  “Pass -through directos” son más comunes en los contratos comerciales que en los arrendamientos de viviendas. Por otra parte, no sería adecuado que la Legislatura para proporcionar las directrices específicas con respecto a los deberes de los propietarios de la agencia y de propiedad para la aplicación de esta disposición.

( h ) “Servicio relacionados con la propiedad” se refiere a un servicio público que tiene una relación directa con la propiedad.

( I) “beneficio especial” significa un beneficio particular y distinto por encima de los beneficios generales conferidas a bienes inmuebles ubicados en el distrito o al público en general. Mejora general del valor de la propiedad no constituye una “ventaja especial”.

Comentario: Lo que constituye un beneficio especial dependerá de la naturaleza de la mejora de capital o servicio que se ofrece. Debe ser más que un simple aumento en el valor de la propiedad, ya que, sin duda, la disponibilidad de cualquier servicio público puede aportar un valor adicional. Hay un beneficio directo y especial conferida a la propiedad que exceda el beneficio otorgado a las otras propiedades públicas o grandes, o incluso a similares.

SEC . 3 . Impuestos prediales, cuotas , tarifas y cargos Limited.

Comentario: Esta sección proporciona una lista exclusiva de los gravámenes que se pueden imponer por bienes inmuebles.

( a) Ningún impuesto, evaluación, tasa o derecho serán evaluadas por un organismo a cualquier parcela de la propiedad o sobre cualquier persona como un incidente de la propiedad de bienes, excepto:

( 1 ) El impuesto sobre la propiedad ad valorem impuesto de conformidad con el artículo XIII y el artículo XIIIA de esta Constitución.

( 2 ) Cualquier impuesto especial que recibe el voto de dos terceras partes de conformidad con el artículo XIII bis, sección 4.

Comentario: La Proposición 218 permisos de impuestos especiales con dos tercios de votos de conformidad con la Propuesta 13. Aunque sigue habiendo problemas importantes de política con respecto a cualquier no ad valorem impuesto a la propiedad, los autores de la Proposición 218 se dieron cuenta de que sería difícil de revocar la autorización legal vigente para los impuestos especiales sobre la propiedad, siempre y cuando esos impuestos asegurados el dos tercios requerida voto. Impuestos generales sobre la propiedad no se permiten en la propiedad bajo los principios constitucionales existentes California. (Artículo XIII , Sección 1 ).

( 3 ) Las evaluaciones a lo dispuesto por este artículo.

( 4 ) Los honorarios o cargos por servicios relacionados con la propiedad conforme a lo dispuesto por el presente artículo.

( b ) Para propósitos de este artículo, los honorarios por la prestación del servicio eléctrico o de gas no se considerarán cargos o tarifas impuestas como un incidente de la propiedad.

SEC . 4 . Procedimientos y Requisitos para todas las evaluaciones.

( a) Una agencia que se propone imponer una evaluación deberá identificar todas las parcelas que tendrán un beneficio especial conferido sobre ellos y sobre el cual se impondrá una evaluación. El beneficio especial proporcional obtenida por cada parcela identificada se determinará en relación con la totalidad del costo de capital de una mejora pública, los gastos de mantenimiento y operación de una mejora pública, están proporcionando el costo de los servicios correspondientes de la propiedad. No se impondrá ninguna evaluación sobre cualquier paquete que excede el costo razonable de la prestación especial proporcional conferido a esa parcela. Sólo los beneficios especiales son evaluables, y una agencia deberán separar los beneficios generales de los beneficios especiales que le confieren un paquete. Paquetes dentro de un distrito que son de propiedad o utilizados por cualquier agencia, el Estado de California o los Estados Unidos no estarán exentos de la evaluación a menos que la agencia puede demostrar con pruebas claras y convincentes de que este tipo de parcelas de propiedad pública, de hecho, no reciben ningún beneficio especial.

Comentario: Estos requisitos para las evaluaciones son similares a las impuestas por la ley de evaluación tradicional. El propósito general de esta sección es permitir evaluaciones a utilizar, una vez más, como un mecanismo de financiamiento legítimo para mejoras de capital y servicios que proporciona beneficios particulares a la propiedad y no sólo un medio para imponer impuestos a las parcelas de tarifa fija. Estos requisitos son: las evaluaciones deben ser proporcionales a los beneficios; sólo beneficios especiales son evaluables, y las propiedades públicas deben pagar su parte justa. Históricamente, las evaluaciones de beneficios también se han aplicado a las propiedades públicas. ( Véase, por ejemplo, la Ley de Mejoras Municipales de 1911). Sólo en los últimos años cuando las evaluaciones han sido utilizadas para imponer lo que son, en efecto, impuestos a las parcelas, tienen propiedades públicas recibieron exenciones generales de las evaluaciones. Bajo la Proposición 218, si la propiedad pública se benefició de la misma manera como la propiedad privada, entonces debe ser evaluada.

( b ) Todas las evaluaciones deben ser apoyadas por el informe de un ingeniero detallado preparado por un ingeniero profesional registrado certificada por el Estado de California.

Comentario: Este requisito es consistente con la ley de evaluación tradicional. Sólo a partir de la Proposición 13 no ingenieros han sido capaces de preparar “los informes de los ingenieros”.

( c ) Se calculará la cuantía de la evaluación propuesta para cada parcela identificada y titular registral de cada parcela se le dará aviso por escrito por correo de la evaluación propuesta, el importe total de la misma con cargo a todo el distrito, la cantidad a cargo del la parcela del propietario en particular, la duración de dichos pagos, el motivo de la evaluación y la base sobre la que se calcula el importe de la evaluación propuesta, junto con la fecha, hora y lugar de la audiencia pública sobre la evaluación propuesta. Cada notificación deberá incluir también, en un lugar visible al respecto, un resumen de los procedimientos aplicables a la realización, el retorno y la tabulación de los votos requeridos conforme a la subdivisión ( d ), que incluye una declaración de divulgación que la existencia de una protesta de la mayoría, tal como se define en la subdivisión ( e), se traducirá en la evaluación no se imponga.

( d ) Cada notificación enviada por correo a los propietarios de las parcelas identificadas dentro del distrito conforme a la subdivisión ( c ), incluirá una papeleta que incluye la dirección de la agencia de recepción de dicha boleta una vez completada por cualquier propietario de la recepción de la notificación por el cual el propietario puede indicar su o su nombre, una identificación razonable de la parcela, y su apoyo u oposición a la evaluación propuesta.

Comentario: Requisitos de notificación para las evaluaciones se han liberalizado sustancialmente en los últimos años en detrimento de los contribuyentes. La Proposición 218 requiere un aviso enviado por correo, y no sólo la publicación en un periódico. Notificación por Correo también incluiría una boleta para ser devuelta por los dueños de la propiedad que se describe más detalladamente a continuación.

Aviso de Evaluación propuesto: Los procedimientos para el procesamiento y tabulación de las protestas contra una propuesta de evaluación bajo la Proposición 218 se ajustan en gran medida establece en la iniciativa. Bajo la Proposición 218, cada uno dueño de la propiedad objeto de una evaluación propuesto debe recibir una notificación por escrito de la evaluación propuesta y una boleta para ser devuelto a la agencia, donde se apoyo u oposición a la evaluación propuesta.

El aviso, votación, y el retorno sobre deberá ser enviado por correo a los propietarios por lo menos 45 días antes de la audiencia pública requerida en la evaluación. Durante los 45 días entre el momento en que el aviso se envió por correo y la audiencia se celebre, los ingenieros informan y todos los demás materiales pertinentes o registros públicos deben poner a disposición de los propietarios para su revisión, junto con la dirección donde se pueden revisar los documentos. También debe establecer:

1 ) La cantidad que se proponga cobrar como una valoración en contra de la parcela específica.

2 ) La cantidad que se proponga cobrar como una evaluación de todo el distrito.

3 ) La longitud de tiempo de la evaluación propuesta estará en su lugar.

4 ) Los motivos de la evaluación y las bases sobre las cuales se calculó la evaluación propuesta para el paquete.

5 ) La fecha, lugar y hora de la audiencia pública requerida.

6 ) Un resumen del procedimiento de protesta, incluyendo instrucciones para la cumplimentación y devolución de la boleta.

Procedimientos sugeridos redactores:

Boleta: La boleta debe permanecer sellada con toda la información pertinente dueño de la propiedad en el exterior del sobre de manera que tanto la firma y la información pueden ser verificadas por el tabulador de antes de abrir el sobre. El sobre debe incluir el número de parcela, firma, dirección, declaración jurada, etc La boleta debe incluir la dirección de la agencia (o un sobre con su dirección y sello en las agencias de discreción) para la devolución de la boleta.

Procedimientos de Tabulación: Las boletas deben ser abiertos y tabulados al final de la audiencia pública. Las boletas pueden ser enviadas por correo a la agencia o entregadas personalmente a la agencia antes de la votación tabulaciones reales. Las boletas se tabulan añadiendo el monto de la contribución de cada boleta que indica ya sea la aprobación de, o de oposición a la evaluación. Si el monto en dólares que representan los votos que consienten excede la cantidad en dólares de reflexión de los votos de oposición, se podrá imponer la evaluación. En caso de empate, la evaluación no puede ser impuesta.

Las boletas deben ser retenidos por la agencia durante un periodo de tiempo suficiente para permitir la resolución de controversias relacionadas con el proceso de votación. Además, nada en la Proposición 218 prohíbe la utilización de empresas privadas independientes o agencias públicas para contratar con la agencia de cobro para administrar el proceso de votación. Por lo tanto, una agencia local podría contraerse, ya sea con una empresa de contabilidad o un registrador del condado de los votantes para este propósito.

Se recomiendan las boletas preimpresas en el siguiente formato:

Parcela No. [ preimpreso de registro fiscal de asesores ]

Propietario del registro: [ preimpreso de registro fiscal de asesores ]

Dirección: [ preimpresa de los evaluadores de registro fiscal ]

Sí, yo apruebo la evaluación anual propuesto de [ preimpreso ] en la parcela identificada en esta votación.

No, yo no apruebo la evaluación propuesta en esta parcela.

Firma del Propietario del registro o su representante autorizado en el caso de los bienes de propiedad de los no- personas.

Como se señaló anteriormente, la Legislatura podría proporcionar detalles adicionales con respecto a aquellos arrendatarios de bienes inmuebles que, en virtud de su contrato de arrendamiento, están obligados directamente al pago de una evaluación. Los redactores no recomiendo legislación que impone la carga de determinar quién tiene derecho a protestar por una evaluación de la agencia pública. Una posible solución es una ley disponiendo que los propietarios tienen el deber afirmativo de informar a los inquilinos, y transmitir las papeletas, en las situaciones en que los inquilinos son financieramente responsable del pago.

Problema legal sobre el derecho al voto

Durante la campaña, los opositores de la Proposición 218, afirmaron que la iniciativa privaría a los electores el derecho a votar por medio de las empresas ( incluidas las empresas extranjeras) más poder de voto de los electores individuales o propietarios. Sin embargo, lo que limita la capacidad de protestar evaluaciones a aquellos que poseen la propiedad es consistente con más de cien años de la ley de evaluación. Del mismo modo, una disposición específica de la Proposición 218 de ” ponderación ” de los votos de protesta de acuerdo con el monto de la contribución también es consistente con la fórmula de ” ponderación ” de algunos estatutos existentes. Véase, por ejemplo Evaluaciones de extinción de incendios, Código de Gobierno y secta 50078, et seq. Se seleccionó esta fórmula, ya que el más reflexivo de la política que los que tienen que pagar deberían tener el derecho de influir en la decisión de si la tasa se debe imponer. Por otra parte, algunas de las otras fórmulas existentes ” ponderación “, tales como los basados en la superficie, dio lugar a algunos resultados extraños y poco equitativas. El Condado de las evaluaciones de los parques de Los Ángeles son los principales ejemplos.

( e) La Agencia llevará a cabo una audiencia pública sobre la evaluación propuesta no menos de 45 días después del envío de la notificación de la propuesta de evaluación para registrar los propietarios de cada parcela identificada. En la audiencia pública, la agencia tendrá en cuenta todas las protestas en contra de la propuesta de evaluación y tabular los votos. La agencia no se impone una evaluación si hay una mayoría de protestas. Existe una mayoría de protestas si, tras la conclusión de la audiencia, las boletas presentadas en la oposición a la evaluación superan los votos presentados a favor de la evaluación. En la tabulación de los votos, los votos se ponderarán de acuerdo con la obligación financiera proporcional de los bienes afectados.

( f ) En cualquier acción legal impugnar la validez de ninguna evaluación, la carga será en la agencia para demostrar que el bien o los bienes en cuestión reciben un beneficio especial por encima de los beneficios otorgados en el público en general y que la cantidad de cualquier evaluación impugnada es proporcional, y no superior a los beneficios conferidos a la propiedad o propiedades en cuestión.

Comentario: A pesar de que esta disposición se desplaza la carga de la prueba en favor de los contribuyentes en cuestión de beneficios a la propiedad, es coherente con algunos jurisprudencia actual. Véase, por ejemplo, Beaumont inversores Beaumont -Cherry Water Dist. (1985) 165 Cal.App.3d 567.

( g ) Debido a que sólo beneficios especiales son evaluables, los electores que residen dentro del distrito que no son propietarios de la propiedad dentro del distrito, no serán considerados bajo esta Constitución que ha sido privado del derecho a votar por cualquier evaluación. Si un tribunal determina que la Constitución de los Estados Unidos o cualquier otra ley federal requiere que en caso contrario, no se impondrá la evaluación menos que sea aprobada por el voto de las dos terceras partes de los electores en el distrito, además de ser aprobado por los dueños de la propiedad como lo requiere la Sección 4 ( e).

Comentario: Según la legislación vigente, no es una violación del derecho a votar para limitar las elecciones a los propietarios si el distrito ofrece un servicio único estrecha, propiedad relacionada . Así . Cal . Distrito de Tránsito Rápido v Bolen ( 1992 ) 1 Cal.4th 654.

SEC . 5 . Fecha de vigencia

Comentario: Aunque titulado “fecha efectiva”, esta sección tiene algunas excepciones importantes con respecto a los requisitos para las evaluaciones. Si una de las siguientes excepciones no se aplica, entonces una evaluación existente debe cesar por el 01 de julio 1997 a no ser ratificado por los dueños de la propiedad .

De conformidad con la subdivisión (a ) de la Sección 10 del Artículo II, las disposiciones del presente artículo entrarán en vigor al día siguiente de las elecciones a menos que se disponga lo contrario. A partir del 1 de julio de 1997, las evaluaciones de todos los nuevos o mayores existentes se ajustarán a este artículo. No obstante lo anterior, las siguientes evaluaciones existentes a la fecha de vigencia de este artículo, estarán exentos de los procedimientos y proceso de aprobación establecido en la Sección 4:

Comentario: La evaluación se considera ” existente en la fecha de vigencia de este artículo, ” incluso si es el tipo de evaluación que viene de su renovación anual. Mientras las tasas de evaluación y metodología sigue siendo el mismo de año en año, el hecho de que la evaluación es ” impuesta” por año no daría lugar necesariamente aplicabilidad de los requisitos de este artículo. Esto sería cierto incluso si el total de ingresos del distrito aumentó debido a los cambios en el uso del suelo de las parcelas específicas (por ejemplo, paquetes recién creados o mejorados). Una vez más, siempre y cuando las tasas de evaluación y metodología siguen siendo los mismos, un aumento en los ingresos como resultado de los cambios de uso del suelo no daría lugar a la aplicabilidad de la sección 4. Sin embargo, los procedimientos y el proceso de aprobación de la Sección 4 se aplicarían a toda la evaluación en el caso de que las evaluaciones se incrementaron, ya sea por el tipo de evaluación o por un cambio en la metodología.

( a) Toda evaluación impuesta exclusivamente para financiar los gastos de capital o de mantenimiento y gastos de funcionamiento para las aceras, calles, alcantarillado, agua, control de inundaciones, sistemas de drenaje o el control de vectores. Los aumentos subsiguientes en tales evaluaciones estarán sujetos a los procedimientos y proceso de aprobación establecidos en la Sección 4.

Comentario: Esta es la excepción ” fines tradicionales ” . Estas evaluaciones existentes no necesitan aprobación dueño de la propiedad para continuar. Sin embargo, las futuras evaluaciones para estos fines tradicionales están cubiertos. La referencia a las “calles” no incluye el alumbrado público.

( b ) Toda evaluación impuesta en virtud de una petición firmada por las personas que poseen todas las parcelas sujetas a la evaluación en el momento de la evaluación se impone inicialmente. Los aumentos subsiguientes en tales evaluaciones estarán sujetos a los procedimientos y proceso de aprobación establecidos en la Sección 4.

Comentario: Esta disposición exime a la mayoría de los acuerdos de financiación con garantía de tierras utilizadas por los desarrolladores.

( c ) Toda evaluación de los ingresos de los cuales se utiliza exclusivamente para pagar deuda de bonos de los cuales la falta de pago se violaría el Deterioro Contrato cláusula de la Constitución de los Estados Unidos.

Comentario: A pesar de una enmienda a la Constitución de California no puede poner en peligro un contrato protegido por la constitución federal. Sin embargo, esta excepción sólo se puede utilizar para los bonos que están realmente protegidos por la cláusula de deterioro. Certificados de Participación y otros instrumentos de deuda creativas no estarían protegidos. Por otra parte, con el fin de calificar para esta excepción, la evaluación aplicado tendría que estar vinculado específicamente al pago de los bonos.

( d ) Cualquier evaluación que recibió anteriormente mayoría aprobación de los votantes de los votantes que votan en una elección en la cuestión de la evaluación. Los aumentos subsiguientes en tales evaluaciones estarán sujetos a los procedimientos y proceso de aprobación establecidos en la Sección 4.

Comentario: A pesar de la excepción para las evaluaciones previamente aprobadas por los votantes permitirá la recopilación continua de algunas evaluaciones sobre todo ilegítimos, lo que requiere un proceso de aprobación adicional sería redundante. También hay que señalar, sin embargo, que el voto sea necesario para tener derecho a esta excepción debe ser vinculante. Votos de asesoramiento son insuficientes.

SEC . 6 . Propiedad correspondientes tasas y gravámenes.

Comentario: El propósito de esta sección es para evitar la explotación de los “honorarios” como medio de evitar las nuevas restricciones a las evaluaciones. Debido a impuestos a las parcelas tarifa plana han evitado las restricciones de la Proposición 13 simplemente por ser llamado “evaluaciones “, los redactores están preocupados de que lo mismo sucederá con “cuotas” – es decir, eludir protecciones para los contribuyentes mediante la manipulación de la etiqueta de la tasa.

( a) Procedimientos para la aparición o aumento de tasas y suplementos. Una agencia deberá seguir los procedimientos de acuerdo con esta sección en la imposición o el aumento de tasas o cánones tal como se definen en aplicación del presente artículo, incluidos, pero no limitados a, los siguientes:

( 1 ) Se identificaron las parcelas sobre las que se propone un pago por la imposición. Se calculará la cuantía de la cuota o cobro propuesto imponer a cada parcela. La agencia deberá notificar por escrito por correo de la tarifa propuesta o cargo a los propietarios de registros de cada parcela identificada en la que se propone el pago por la imposición, el importe de la cuota o cobro propuso ser impuesta a cada uno, la base sobre la que se calculó el importe de la cuota o cobro propuesto, la razón de las tasas o derechos, así como la fecha, hora y lugar de la audiencia pública sobre el derecho o cargo propuesto.

Comentario: Esta sección es aplicable a cualquier canon impuesto sobre una base de paquetes o por honorarios que proporcionan un servicio de bienes relacionados. No afecta a las tasas que no estén relacionados con la propiedad, tales como honorarios del DMV, entradas a los parques, o tasas administrativas impuestas por un gobierno local.

( 2 ) La Agencia llevará a cabo una audiencia pública sobre el derecho o cargo propuesto no menos de 45 días después del envío del aviso de la cuota o cobro propuesto a los propietarios de registros de cada parcela identificada en la que se propone el pago por la imposición. En la audiencia pública, la agencia tendrá en cuenta todas las protestas en contra de la cuota o cobro propuesto. Si las protestas por escrito en contra de la cuota o cobro propuesto son presentados por la mayoría de los propietarios de las parcelas identificadas, la agencia no impondrá la cuota o cobro.

Comentario: El voto de las tasas de propiedad y las cargas no se ponderarán de la misma manera que las evaluaciones. Debido a que las tasas pueden variar de acuerdo al uso del servicio, no existe una metodología viable para distribuir los votos de los usuarios del servicio. Por lo tanto, la cuestión de un aumento de las tasas será determinado por el voto de la mayoría simple de los propietarios o sus abonados.

( b ) Requisitos para los derechos y cargas existentes, nuevos o mayores. Un derecho o carga no se harán extensivas, establecerse ni aumentarse por cualquier agencia a menos que cumpla con todos los siguientes requisitos:

Comentario: Estos cinco requisitos son aplicables a todos los derechos, incluyendo los que existen actualmente. En esencia, estos requisitos exigen que las tasas no superan el ” costo del servicio. “

( 1 ) Los ingresos derivados de las tasas o derechos no excederán de los fondos necesarios para la prestación del servicio relacionados con la propiedad.

( 2) Los ingresos derivados de las tasas o derechos no podrán ser utilizados para ningún fin distinto de aquel para el que se impuso la cuota o cobro.

Comentario: Los requisitos 1 y 2 se prohíbe la práctica actual de desvío de los ingresos por tarifas para complementar el fondo general de una ciudad. Esta práctica, a veces conocido como el cobro de una “cuota de franquicia, en lugar,” se produce en la actualidad, tanto en Los Angeles y Sacramento, así como en muchos otros municipios. Sin embargo, ” el costo del servicio ” puede también incluir los gastos generales razonables, así como otros elementos de un proyecto de ley de servicios que son necesarios para ofrecer un servicio al usuario del servicio particular. Qué se incluye en el ” coste del servicio ” tendrá que determinarse caso por caso.

( 3 ) El importe de una cuota o cargo impuesto a cualquier parcela o de la persona como un incidente de la propiedad no podrá ser superior al coste proporcional del servicio imputable a la parcela.

Comentario: Al igual que con las evaluaciones, tasas y cargos, debe ser proporcional a la utilización real del servicio.

( 4 ) Sin cuota o cobro pueden ser impuestas por un servicio a menos que el servicio se utiliza realmente por, o inmediatamente a disposición, el dueño de la propiedad en cuestión. No se permiten tasas o cargos basados en el uso potencial o futuro de un servicio. Cargos de reserva, ya sea caracterizado como los cargos o las evaluaciones, se clasificarán como las evaluaciones y no podrán imponerse sin el cumplimiento de la Sección 4 .

Comentario: cargos de reserva suelen ser nada más que impuestos a las parcelas tanto alzado impuestas a la teoría de que el servicio de agua o el alcantarillado pueden, en algún momento en el futuro indefinido, a disposición de la propiedad que está siendo cargada. Esta disposición es una prohibición plana de tales gravámenes. Sin embargo, si una carga de corriente de espera está en la naturaleza de una evaluación y puede cumplir con los requisitos más estrictos “beneficio especial” , puede tomar ventaja de la exención para las evaluaciones. Si no es así, la tasa tendría que ser vuelto a imponer como una evaluación y cumplir con todos los requisitos de la Sección 4 o dejar de ser recogidos.

( 5 ) No hay cuota o cargo pueden ser impuestas por los servicios gubernamentales generales, incluyendo, pero no limitado a los servicios de policía, bomberos, ambulancia o la biblioteca donde el servicio está disponible para el público en general, sustancialmente de la misma manera como lo es para los dueños de propiedades .

Comentario: Esta disposición prohíbe la imposición de las parcelas “cargos” para los servicios generales del gobierno. El propósito de esta disposición es impedir que esos gravámenes, como el Condado de la parcela “carga ” Los Angeles “para los servicios de biblioteca, independientemente del uso de los servicios bibliotecarios.

La dependencia de un organismo en cualquier mapa de parcelas, incluyendo, pero no limitado a, mapa de parcelas de un asesor, puede ser considerado un factor importante en la determinación de si se impone una cuota o cargo como incidente de la propiedad para los efectos del presente artículo. En cualquier acción legal impugnar la validez de un derecho o la carga, la carga será en la agencia para demostrar el cumplimiento de este artículo.

( c ) aprobación de los votantes para la aparición o aumento de tasas y suplementos. A excepción de los honorarios o cargos por alcantarillado, agua, y Servicios de recogida, podrán imponerse ni aumentaron ningún cargo bienes relacionados o cargo a menos que y hasta que se presente dicha comisión o cargo y aprobados por el voto de la mayoría de los dueños de la propiedad de los bienes objeto de las tasas o derechos o, a elección de la entidad, por el voto de las dos terceras partes de los electores que residen en la zona afectada. La elección se llevó a cabo no menos de 45 días después de la audiencia pública. Una agencia puede adoptar procedimientos similares a aquellos para los aumentos en las evaluaciones del desarrollo de las elecciones bajo esta subdivisión.

Comentario: Esta exención de alcantarillado, agua y recolección de basura es sólo para la aprobación de los votantes. Tales tasas deben aún cumplir los cinco requisitos sustantivos del párrafo ( b ). La razón política para esta exención es coherente con la prevención – corre de extremo alrededor de la Proposición 13. Dado que el agua, de alcantarillado y se niegan los derechos de cobro anteriores a la Proposición 13, que estaban exentos de la aprobación de los votantes.

( d ) A partir del 1 de julio de 1997 todas las tasas y cargos deberán cumplir con esta Sección.

SECCIÓN 5. CONSTRUCCIÓN LIBERAL. Las disposiciones de esta Ley serán interpretadas liberalmente para efectuar sus propósitos de limitar los ingresos del gobierno local y la mejora de consentimiento de los contribuyentes.

Comentario: El propósito de esta sección es asegurar que, en caso de cualquier ambigüedad, los derechos de los contribuyentes serán la consideración primordial.

SECCIÓN 6. NULIDAD. Si alguna de las disposiciones de esta Ley, o parte del mismo, es por cualquier razón considerada inválida o inconstitucional, las secciones restantes no se verán afectadas, pero permanecerán en pleno vigor y efecto, y con este fin las disposiciones de esta ley son divisibles.

Comentario: Esta disposición es una cláusula de separación estándar.